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Registro de matrimonio

Foto von Eheringen

Eheschließung © picture alliance / ZB

01.04.2026 - Artículo

Un matrimonio celebrado en el extranjero puede ser inscrito, previa solicitud, por la oficina del registro civil alemana competente, siempre que al menos uno de los cónyuges sea ciudadano alemán,.

Un matrimonio celebrado en el extranjero puede ser inscrito, previa solicitud, por la oficina del registro civil alemana competente, siempre que al menos uno de los cónyuges sea ciudadano alemán, según lo dispuesto en el § 34 de la Ley del Estado Civil (PStG). Los antiguos libros de familia dejaron de existir con la entrada en vigor de la Ley de Reforma del Estado Civil el 01.01.2009.

Un matrimonio celebrado válidamente en la República Dominicana es automáticamente válido también en Alemania, sin que sea necesaria su inscripción por un oficial del registro civil alemán, siempre y cuando todos los requisitos siempre y cuando se hayan cumplido todos los requisitos formales y materiales en el momento del matrimonio. La solicitud de inscripción del matrimonio en el registro civil alemán es voluntaria.

Ambos cónyuges están autorizados a presentar la solicitud, ya sea conjuntamente o por separado. También el cónyuge extranjero puede presentar la solicitud de manera individual. En caso de que sea necesario realizar declaraciones sobre el uso del apellido, ambos cónyuges deben presentarse conjuntamente. Si ambos cónyuges han fallecido, los padres o hijos en común pueden solicitar la inscripción del matrimonio.

La oficina del registro civil competente es aquella en cuyo distrito uno de los cónyuges tiene o tuvo su domicilio o residencia habitual. Si ninguno de los solicitantes ha tenido nunca domicilio o residencia habitual en Alemania, la competencia recae en la Oficina del Registro Civil I de Berlín.

La Embajada de Alemania se limita a asesorar a los solicitantes, así como a recibir y remitir las solicitudes. Una vez inscrito el matrimonio por la oficina del registro civil alemana competente, se pueden solicitar actas matrimoniales o extractos certificados del registro, sujetos al pago de tasas. Esto también puede hacerse en el momento de presentar la solicitud de inscripción.

  • Formulario de solicitud completado

  • Acta de matrimonio

  • Actas de nacimiento de ambos cónyuges

  • En su caso, actas de matrimonio de todos los matrimonios anteriores de ambos cónyuges

  • En su caso, prueba de la disolución de los matrimonios anteriores: actas de defunción de los cónyuges anteriores, sentencia de divorcio; en caso de sentencia extranjera, adicionalmente la resolución de reconocimiento del divorcio emitida por la autoridad judicial competente del estado federado alemán correspondiente

  • Pasaportes o documentos de identidad vigentes de todas las nacionalidades de ambos cónyuges

En casos individuales, puede ser necesario presentar documentación adicional.

Todos los documentos requeridos deben presentarse en original. Los documentos que no estén redactados en alemán o inglés deben ir acompañados de una traducción al alemán.

Las actas del estado civil dominicanas (actas de nacimiento, matrimonio, divorcio y defunción) deben ser legalizadas por la Embajada de Alemania. El documento no debe tener más de tres meses de antigüedad. Para la legalización es necesario obtener previamente una etiqueta de validación de la Junta Central Electoral. Debe indicarse explícitamente a la JCE que se requiere una etiqueta de validación para la Embajada de Alemania. Las direcciones de las oficinas del Registro Civil Central se encuentran en internet en: https://jce.gob.do/centros-de-servicios

No se requiere apostilla, ya que las apostillas dominicanas no son reconocidas en Alemania.

Las sentencias o resoluciones dominicanas deben estar sobrelegalizadas por la Procuraduría. Esta sobrelegalización puede obtenerse en los “Centros de Atención al Ciudadano de la Procuraduría” o en las “Procuradurías Generales de Cortes de Apelación”. No se realiza directamente en la Procuraduría General (Sede Central). 

Una vez que tenga todos los documentos requeridos en la forma correcta, puede concertar una cita en línea. En el marco de la cita, se legalizan los documentos, se certifican firmas y copias, y se abonan las tasas correspondientes en la embajada.

Posteriormente, la solicitud junto con los documentos certificados se enviará a la oficina del registro civil competente en Alemania, la cual examinará y confirmará la validez del uso del apellido. El tiempo de tramitación depende del registro civil alemán correspondiente y puede variar considerablemente.

Con la reforma del derecho de apellidos, que entró en vigor el 1 de mayo de 2025, el régimen del apellido en el matrimonio ha sido ampliamente liberalizado. El uso del apellido se rige, para todos los matrimonios celebrados después del 1 de mayo de 2025, por el derecho del lugar de residencia habitual de los cónyuges.

Si ambos cónyuges tienen su residencia habitual en la República Dominicana y la esposa puede demostrar que ha añadido el apellido del esposo precedido de "de", este apellido se reconoce automáticamente también en el ámbito jurídico alemán. Para los matrimonios celebrados antes del 1 de mayo de 2025, en este caso debe hacerse una elección de derecho a favor del derecho dominicano.

Si se desea aplicar el derecho alemán sobre el apellido matrimonial, debe realizarse una elección de derecho a favor del derecho alemán para todos los matrimonios celebrados después del 1 de mayo de 2025. Posteriormente, se puede establecer el apellido en el matrimonio mediante una declaración de apellido. Se pueden elegir las siguientes opciones:

  • Apellido de nacimiento de uno de los cónyuges o parte de él

  • Apellido actual de uno de los cónyuges o parte de él

  • Un apellido compuesto formado por los apellidos de nacimiento o actuales de ambos cónyuges, con o sin guion

El cónyuge cuyo apellido no se convierte en apellido matrimonial puede anteponer o añadir un apellido complementario. El apellido complementario puede ser:

  • Apellido de nacimiento de ese cónyuge

  • Apellido actual de ese cónyuge

Si el apellido matrimonial consta de varios nombres, no es posible añadir un apellido complementario. En cambio, si el apellido complementario consta de varios nombres, solo se puede añadir una parte de él.

La embajada está dispuesta de asesorarle sobre las opciones individuales disponibles.

La presentación de la solicitud de inscripción posterior del matrimonio conlleva el pago de tasas, que deben abonarse en efectivo en pesos dominicanos al tipo de cambio consular vigente de la embajada, o en euros mediante tarjeta de crédito Visa o MasterCard. Para el pago con tarjeta de crédito, es requisito que el titular esté presente, que el nombre aparezca en la tarjeta y que esta esté habilitada para pagos internacionales.

Certificación de la/s firma/s de la/s persona/s que solicita/n el registro del matrimonio

Sin declaración sobre el apellido 

60,00 €

Con declaración sobre el apellido 

85,00 €.

Certificación de copias

24,00 €

Legalización de las actas dominicanas

30,00 € por acta

Además, se aplican tasas en la oficina del registro civil competente. Las tasas varían según el estado federado y oscilan aproximadamente entre 60,00 EUR y 180,00 EUR. Tras recibir la solicitud, la oficina del registro civil emitirá una factura, la cual deberá ser pagada directamente a su cuenta bancaria. No es posible efectuar el pago en la embajada.

Hoja de Solicitud y Declaración sobre el uso del apellido en el matrimonio

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